¡Actualización importante!

Desde el 1 de enero de 2024 y durante todo este año el máximo de subida permitido en las actualizaciones del contrato es del 3%. Esto es así debido a la entrada en vigor de la ley de vivienda, puedes leer más sobre esto en este artículo de nuestra web

 


 

El 30 de marzo de 2022 se ha publicado el Real Decreto-ley 6/2022 que establece las medidas aprobadas por el Gobierno relativas al nuevo “escudo social”, dirigido a atajar las consecuencias provocadas por la guerra en Ucrania. Entre estas medidas se incluye limitación de las actualizaciones anuales de la renta vinculando las mismas al IGC en lugar de al inflado IPC.

 

Para empezar es importante diferenciar entre dos conceptos que nos ayudan a entender mejor la medida

  • la actualización anual de la renta: En vigencia del contrato (actualmente de 5 o 7 años) la renta a pagar puede modificarse anualmente, siguiendo un índice concreto, si así lo establece el contrato. Dicha actualización se lleva a cabo cada vez que el contrato cumple un año desde su firma. Por lo tanto, son subidas proporcionales y en ningún momento pueden modificar sustancialmente el precio inicial de la renta.
  • la finalización del contrato: Cuando se acaba el plazo de los 5 o 7 años puede renovarse el contrato, pero esto no permite una modificación sustancial de las cláusulas pactadas en el anterior contrato. La práctica habitual de los caseros tras este momento es imponer un nuevo contrato subiéndonos el precio a su voluntad.

 

¿Quién puede beneficiarse de la medida?

Unicamente pueden acogerse las inquilinas a quienes su contrato cumpla una anualidad entre el 30 de marzo y el 30 de junio y que en su contrato se haya pactado expresamente que la renta se actualizará anualmente.
Recuerda que si en tu contrato no consta ningún pacto, el alquiler no puede actualizarse.

 

La nueva medida del gobierno no tiene efectos retroactivos y deja fuera de la limitación a todas las inquilinas que durante los últimos meses hemos sufrido subidas abusivas vía actualización de la renta debido a la alta inflación que fue creciendo desde noviembre de 2021 cuando se situó en un 5’5% hasta el 9,8% de marzo de 2022.

Además, como hemos comentado anteriormente, la nueva medida del gobierno deja fuera a todas las inquilinas que están terminando su contrato permitiendo así subidas abusivas, después de que en los últimos años hayan aumentado los precios del alquiler más de un 50%.

 

¿Como funciona la limitación?

Al vincular las actualizaciones al Índice de Garantía de Competitividad, el gobierno establece un máximo del 2% para esas subidas.
Además, el real decreto diferencia entre “grandes tenedores”, que son aquellas personas físicas o jurídicas con más de diez viviendas, y “pequeños propietarios”, que son aquellos con diez o menos viviendas.

Si tu casero tiene más de 10 viviendas la actualización será como máximo lo que indique el IGC. Además, se permiten explícitamente los pactos de una actualización siempre que no supere ese 2%.

Si tu casero tiene menos de 10 viviendas la actualización podrá acordarse mediante un pacto, por lo que podría superar el 2%. Aún así, por mucho que pueda decirte el propietario, como inquilina o inquilino puedes negarte y la renta se actualizará como máximo al 2%.

Desde el Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid, sea quien sea tu casero, estamos tratando de negociar la no actualización de la renta por considerarla injusta.

 

¿Qué puedo hacer si mi contrato no entra en los requisitos?

Si tu contrato no se actualiza justo en estas fechas y el propietario está aprovechando la situación para tratar de aplicarte una subida de hasta un 10% con la excusa del IPC contacta con el Sindicato.

Sea o no legal, sabemos que las subidas del alquiler son injustas. Llevamos años soportando precios abusivos y desahucios invisibles pero organizadas con el Sindicato somos conscientes de que podemos cambiar las cosas. Son bastantes las compañeras que han conseguido que no se les actualice la renta en este año en el que la inflación está por las nubes, negociando junto a las compañeras que formamos parte del Sindicato.

Puedes echar un vistazo a esta guía  y si tu también quieres negarte a seguir aceptando los chantajes de los propietarios, escribe un correo a accionsindical@inquilinato.org

 

 

 

Desde el Sindicato de Inquilinas no solo vamos a hacer cumplir la normativa actual, aunque en muchos casos eso ya suponga una proeza, sino que estamos dispuestos a desobedecer, protestar y proponer cuanto sea necesario para garantizar nuestros derechos como inquilinas y como ciudadanas.

 

Concretamente, en este ámbito, estamos presionando a los partidos políticos para que aprueben una enmienda, entre las 60 que hemos presentado, al proyecto de Ley del Gobierno en la que el IPC desaparezca de la Ley de Arrendamientos Urbanos y se establezca el IGC, una índice mucho más estable y ponderado, como tope para las revisiones anuales del precio de los alquileres. Es decir, que esta medida temporal se institucionalice en la LAU para que las actualizaciones nunca puedan ser descontroladas.