Con la LAU de 2013 el arrendador tiene que avisar al arrendatario con un mes de plazo de que quiere finalizar su contrato. En caso de que no lo haga, el arrendatario verá automáticamente prorrogado su contrato por el periodo de un año con idénticas condiciones, y en ningún caso podrá contemplarse un aumento de la renta. Si después de esto se establece una renovación del contrato, deberá hacerse por tres años.

Con los contratos firmados en la LAU de 2019 este plazo cambia, y deberá avisarse con al menos 4 meses de antelación a la finalización del contrato. Si se avisa más tarde, el inquilino puede dar por prorrogado el contrato a la fecha de vencimiento al no haberse respetado el plazo de preaviso establecido en el artículo 10 de la LAU.